sábado, 5 de junio de 2010
El IOSPER deberá dar prestaciones básicas a discapacitados sin obra social
En su última sesión el Senado de Entre Ríos aprobó un proyecto de reforma de la ley 9891, relacionado con las Prestaciones Asistenciales Básicas. Se determina que la Secretaría de Salud “brindará en forma integral las prestaciones para la prevención, habilitación, rehabilitación y tratamiento de las persona con discapacidad –capacidades diferentes- sin obra social con la sola presentación del certificado”. Según el senador Héctor Strassera, en este caso “el IOSPER debe hacer frente a la totalidad de de las prestaciones” referidas..........
e sancionó en forma definitiva y fue enviado al Poder Ejecutivo, un proyecto de ley por el que se sustituye parte del articulado de la ley 9891, en la sesión de ayer del Senado de la Provincia de Entre Ríos.
Fue introducida una modificación en el artículo 9 de la norma, relacionado con las Prestaciones Asistenciales Básicas y en el mismo se establece que “la Secretaría de Salud brindará en forma integral las prestaciones para la prevención, habilitación, rehabilitación y tratamiento de las persona con discapacidad sin obra social con la sola presentación del certificado”.
El presidente del Bloque del PJ, Héctor Strassera, pidió el tratamiento sobre tablas. Dijo que “queremos dar la sanción definitiva, por lo que el Estado entrerriano adhiere a leyes nacionales de la materia de atención de la discapacidad”. Explicó que “se beneficia a personas con capacidades diferentes porque hace que el IOSPER deba hacer frente a la totalidad de de las prestaciones que ellas demanden”.
El texto remitido al Ejecutivo dice que “el Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos – I.O.S.P.E.R. – tendrá a su cargo con carácter obligatorio la cobertura total de las prestaciones básicas consagradas en la Ley Nacional Nº 24.901, que necesiten las personas con discapacidad afiliadas al mismo”.
Sostuvo que “de este modo se da real sentido a lo que desde esta legislatura queríamos plantear y generar desde un principio. Estos cambios son acordes al espíritu de las Cámaras. Lo hemos hablado con las asociaciones que participan del tema. Queremos igualdad de oportunidades para todos”, acotó.
También promueve cambios en el artículo 10, en lo relacionado a PROGRAMAS. Se propone que “la Secretaría de Salud en coordinación con el Instituto Provincial de Discapacidad, ejecutará programas a través de los cuales se creen en los hospitales de su jurisdicción, de acuerdo a su grado de complejidad y ámbito territorial, servicios destinados a las personas con discapacidad”. Asimismo que “asegurará la universalidad de su atención mediante la integración de políticas y recursos institucionales y económicos afectados a la temática, reafirmando de esta forma el derecho a la igualdad”. En el capítulo de sanciones destaca que “aquellas empresas de transporte que no cumplimenten lo normado en la presente ley serán pasibles de sanciones progresivas conforme establezca la reglamentación, pudiendo llegarse a la revocación de la concesión o del permiso”....
Seguimos esperando que las prestaciones NO sean bajo Recursos de Amparos...
ORIENTAR....compartiendo!!!!
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