jueves, 18 de agosto de 2011

El 1º DE AGOSTO ENTRÓ EN FUNCIONAMIENTO LA “UNIDAD DE LETRADOS ART. 22 LEY 26.657” "*•.¸¸.•*´¨`*•.¸¸´¨`*•.¸¸.•*´¨




Desde esa fecha, y ante la comunicación de una internación involuntaria de una persona mayor de edad en la Ciudad de Buenos Aires, el Ministerio Público de la Defensa proporciona –a través de la Unidad- un abogado defensor gratuito, en cumplimiento de la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657 y de los “Principios de Salud Mental de la ONU” (A.G. Resolución 46/119, 1991)......

Así lo disponen la Resolución DGN N° 558/2011 y N° 841/2011, por medio de las cuales la Defensora General de la Nación, Dra. Stella Maris Martínez, dispuso la creación de la Unidad, en el ámbito del Área Técnica de la Defensoría General de la Nación.
El 2 de diciembre de 2010 se promulgó la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657, cuyo objeto es asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas y el pleno goce de sus derechos reconocidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos. En particular, el art. 22 reconoce el derecho de toda persona internada involuntariamente a designar un abogado, y si no lo hiciere, la obligación del Estado de proveer en forma subsidiaria uno desde el momento de la internación.
La “Unidad de Letrados art. 22 Ley 26.657” tiene como objetivo brindar este servicio de defensa técnica para personas mayores de edad, que no se encuentren bajo proceso de determinación del ejercicio de su capacidad jurídica, internadas en forma involuntaria por razones de salud mental, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
Con la creación de la Unidad se apunta a garantizar a las personas el goce de sus derechos mientras dure la internación, así como la inmediatez en la cobertura del servicio mediante el contacto rápido y directo con la situación, materializando el derecho a ser oído y el acceso a la justicia de estas personas en especial situación de vulnerabilidad.

Para ello, los abogados defensores podrán –respetando la voluntad y las preferencias de la persona, sin conflicto de intereses- oponerse a la internación o solicitar la externación, controlar las actuaciones e impulsar que las internaciones sean lo más breves posible.
La Unidad es coordinada por el Dr. Mariano Laufer Cabrera, Secretario de la Defensoría General de la Nación, y está conformada por letrados que cuentan con el apoyo profesional de equipos interdisciplinarios compuestos por médicos psiquiatras, psicólogos y trabajadores sociales, quienes forman parte de la actividad de defensa técnica, en miras de brindar una prestación especializada (conforme lo previsto por las reglas 41 y 64 de las "Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad".).
Para comunicarse con la “Unidad de Letrados art. 22 Ley 26.657” podrá contactarse a los teléfonos 4-342-5823/94/38; remitir un fax al 4-342-5823; y/o cursar una notificación por Mesa de Entradas (en el horario de 8.30 a 15.30 hs.) a Bartolomé Mitre 648, 7º piso “A”, C.A.BA. Para consultas, también podrá comunicarse vía mail a letrados-saludmental@mpd.gov.ar

DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN
PRENSA Y DIFUSIÓN
BOLETÍN: 45 / 2011 15 / 08 / 2011
Orientar….Celebrando Logros"*•.¸¸.•*´¨`*•.¸¸´¨`*•.¸¸.•*´¨
(Fotos que ilustran: Usuarios del sistema de SM de Entre Rios, de la localidad de Tala de visita por Paraná)

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