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sábado, 26 de junio de 2010

Decimos, Discapacidad....






Discapacidad es la palabra que se utiliza en para nombrar a las personas que tienen alguna necesidad o capacidad especial en su vida cotidiana. 
Muchos sugieren que discapacitados implicaría no poder valerse por sí mismos,así la lucha que tantos llevan adelante habla de una gran posibilidad de "autovalerse". Pero sea cual sea el nombre, al tener una función de señalar a alguien, a la larga se convertiría en estigmatizante por sí mismo. Es decir, la cuestión no pasa por el nombre de discapacidad sino por quienes utilizan esta denominación y los usos que la sociedad promueve.....El trabajo de desestigmatización es un proceso lento de preparación de la comunidad en la cual un eslabón importante es el ámbito académico (que suele ser la fuente de tales apelativos), pero más relevante quizás resulten las instancias de manejo masivo......

Los medios de comunicación se hacen eco de los usos tanto académicos como populares, reforzando lo que hay de estigmatizante en un término. Si ese denivel comienza a equilibrarse, implicando tanto movimientos a nivel profesional como comunitario , tal vez sea más corto el camino hacia una sociedad donde los nombres funcionen como tales y no como marcas de exclusión.....
Es interesante que las palabras ciego y sordo existen en todas las lenguas del mundo, pero en nuestra civilización occidental moderna fue necesario establecer la denominación de "discapacitados sensoriales" (que empezó antes con los "no videntes") justamente para anular el efecto estigmatizante de llamar a las personas con los nombres ancestrales como ciego y sordo........
Fuente"El Juego Infantil"

domingo, 23 de mayo de 2010

EUROPEOS CON DISCAPACIDAD EXIGEN A LA UE QUE IMPULSE MEDIDAS PARA APLICAR LA CONVENCIÓN EN TODOS LOS PAÍSES

En la Conferencia sobre Discapacidad y Autonomía Personal celebrada en Zaragoza,Ciudadanos con discapacidad de toda Europa pidieron este viernes a la Unión Europea (UE) que ponga los mecanismos necesarios para que todos los países miembros ratifiquen y lleven a la práctica la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.






Esta solicitud unánime a la Unión Europea fue una de las,conclusiones alcanzadas en la Conferencia sobre Discapacidad y Autonomía Personal celebrada estos días en Zaragoza, con la participación de alrededor de 300 ciudadanos con discapacidades físicas, psíquicas y sensoriales de toda la UE....

El encuentro, desarrollado mediante sesiones plenarias y talleres, contó en su clausura con la presencia del director general de Políticas Sectoriales sobre Discapacidad, Jaime Alejandre, quien repasó los principales puntos puestos sobre la mesa en las sesiones de trabajo de este jueves y viernes en Zaragoza.

Según dijo, los participantes en la conferencia abogan por que todos los Estados hagan una interpretación de sus legislaciones sobre la base de la convención y por utilizar fondos estructurales de la UE para promover la adopción de este texto en todos los países.

ACCESIBILIDAD

Ponentes y participantes analizaron también la situación de la accesibilidad universal en Europa y concluyeron que debe considerarse como un derecho que ha de garantizarse a todos los niveles, siempre contando con la opinión y participación de las personas con discapacidad.

En la misma línea, apostaron por que el pleno acceso a las viviendas y edificaciones sea objeto de estudio en las titulaciones encaminadas a la construcción y señalaron como necesaria la adopción de una legislación europea que establezca estándares de accesibilidad.

En cuanto al acceso al transporte, las conclusiones del

encuentro apuntan a que la UE ha de revisar las normas referidas a este aspecto ya en vigor y agilizar la aprobación de otras sobre viajes en barco y autobús.

La accesibilidad a la sociedad de la información fue otro de los aspectos analizados en la reunión de trabajo, donde se pidió un marco que la regule y se exigió que se acabe de una vez por todas con la llamada brecha digital.

EDUCACIÓN Y EMPLEO

Con respecto a la educación de las personas con

discapacidad, los participantes en este encuentro señalaron como algo que no tiene discusión el hecho de que debe ser siempre inclusiva y atender de forma individualizada a las necesidades de cada colectivo.

Sólo mediante una educación inclusiva, sostienen las

personas con discapacidad, los ciudadanos con discapacidades físicas, psíquicas y sensoriales podrán conseguir un empleo y una participación plena en la sociedad.

Ese empleo, indican las conclusiones del encuentro, ha de mejorarse en cantidad y en calidad y ha de promocionarse mediante la información a empresarios y a la sociedad en general, que sabrá darse cuenta de los beneficios que aporta la contratación de personas con discapacidad.

Por último, el documento resumen alude a la necesaria

participación de los europeos con discapacidad en la Estrategia 2020 y subraya en este sentido que debe velarse para que no sea demasiado desigual en los distintos países miembros (21/05/2010 SERVIMEDIAE)
ORIENTAR....compartiendo pedidos

miércoles, 19 de mayo de 2010

Animales "terapéuticos" y discapacidad............(España)

DELFINES SABIOS Y PACIENTES................


Más de veinticinco años trabajando con delfines y diez al frente de un delfinario, han permitido que el director técnico del Delfinario Aqualand Costa Adeje, en Tenerife, José Luis Barbero Hernández, haya visto tratarse a centenares de personas con trastornos psíquicos, físicos o sensoriales con estos animales.

"Comenzamos en 1993 en Playa de San Juan, Alicante, en colaboración con la Asociación Orobal de Padres de Disminuidos Físicos y Psíquicos. La iniciativa en aquel momento fue pionera en España y Europa, y consiguió crear una interacción real entre delfines y personas con discapacidad, explica José LuisPOR EL BIEN DEL HOMBRE... Y DEL DELFIN

Unos animales cuidados y respetados en instalaciones dignas, siguiendo la normativa internacional, son la base para que los expertos cuidadores y entrenadores puedan preparar a los delfines para su trabajo, aunque de nada serviría si estos animales, que funcionan en grupo, no hubieran admitido el proceso que les lleva a relacionarse con personas discapacitadas.

"Tuvimos suerte, dos hembras nos abrieron el camino al resto del grupo. Ahora trabajamos con confianza para cumplir nuestro objetivo: conseguir un ambiente lúdico-terapéutico en el que el paciente pueda adquirir o mejorar aquellas habilidades básicas de las que carece, siempre tomando como instrumento de seducción el agua y los delfines", afirma José Luis.
De esta forma, el agua relaja, estimula el riego sanguíneo, favorece la tonalidad muscular y facilita los movimientos de las extremidades. Los delfines aportan los estímulos emocionales: su sociabilidad y disponibilidad para la ejecución de comportamientos (ejercicios), ayudan a ejecutar el programa terapéutico establecido para cada persona de una manera individualizada.

"Por regla general, reforzamos las áreas de la persona según su diagnóstico. Con alguien que padece un Trastorno Generalizado del Desarrollo, tratamos de favorecer la intención comunicativa, estimular el lenguaje verbal, la atención, la memoria, la capacidad cognitiva, la interacción social... Con otra persona con parálisis cerebral, trataremos de aumentar la flotabilidad, estimular la circulación sanguínea, la relajación, reforzar los movimientos armónicos y coordinados en el agua, trabajar los conceptos corporales y espaciales, estimular la capacidad auditiva...


LOS CABALLOS............


Superar el temor y el aislamiento o mejorar la confianza y la capacidad de concentración. Reducir tensiones o evitar inhibiciones físicas o emocionales son algunos de los objetivos que persigue el proyecto que Obra Social Caja Madrid desarolla junto con el Centro de Rehabilitación y Terapia Ecuestre de la Asociación KOMA Joven para mejorar las condiciones de personas con problemas físicos y psíquicos o sociales.

"La finalidad de este tratamiento no es inicialmente aprender a montar a caballo, sino trabajar las áreas sensorial, motriz, emocional y cognitiva para mejorar la adaptación social de los pacientes", explica Juan Pablo Cobos, coordinador de las terapias.

"La finalidad de este tratamiento no es inicialmente aprender a montar a caballo, sino trabajar las áreas sensorial, motriz, emocional y cognitiva para mejorar la adaptación social de los pacientes", explica Juan Pablo Cobos, coordinador de las terapias.

Los programas se desarrollan de forma individualizada con un equipo multidisciplinar de profesionales formado por fisioterapeutas, psicólogos y monitores de terapia ecuestre. Estos profesionales dividen las terapias en: hipoterapia, equitación terapéutica o equitación adaptada, y cada una de ellas se aplica en función de los problemas a tratar.

"La hipoterapia se utiliza especialmente para los problemas físicos. El movimiento del caballo ayuda a mejorar el equilibrio, el tono muscular, la postura, el nivel psicomotor de la persona afectada. La equitación terapéutica es la más utilizada para pacientes con problemas de tipo social, psicológico, ya que contribuye a aumentar la confianza, la autoestima, la atencion, y concentracion, motivación y la superación, y ayuda al paciente a afrontar sus miedos. La equitación adaptada es ya para las personas que tienen un cierto control y manejo del caballo", explica Juan Pablo Cobos, coordinador de las terapias.

Los resultados son palpables y positivos................
(Quince Dias)

sábado, 15 de mayo de 2010

"Una minoría dentro de otra minoría", un artículo de Redaktion HANDICAP: Gesundheit & Rehabilitation..


Algo que vale conocer.......
El amor homosexual en personas con discapacidad..
En el complejo universo de la sexualidad de las personas con discapacidad -que muchas veces la sociedad no reconoce ni acepta- donde los preconceptos y tabúes atentan contra su libre y pleno desarrollo, se abre otro plano de debate: la elección homosexual.
En muchos países con una diferente cultura de lo sexual y una mirada más profunda y abarcativa, distintas organizaciones trabajan por los derechos de este sector de la población que siendo minoría dentro de una minoría, debe enfrentarse con muchos desafíos en el camino de su plenitud, inclusive en sus propios círculos de referencia.

En la sociedad alemana actual la homosexualidad no parece ser más un tabú. Personalidades reconocidas, referentes sociales y políticos en posiciones importantes, como por ejemplo Klaus Wowereith, actual alcalde de Berlín, se declaran ante el público a favor de su ser gay. Por otra parte, el matrimonio como supuesto último bastión de valores tradicionales se ve confrontado con el crecimiento de "convivencias registradas" (figura legal similar a la unión civil en la Argentina).
Por consiguiente, la gente relaciona comúnmente homosexualidad con lifestyle, modernidad y juventud. El interés público tiene el enfoque puesto a menudo en personas extravagantes de la escena gay. Mujeres lesbianas o gays mayores de edad ya no son observados desde un punto de vista estrecho. A pesar de ello, un gran porcentaje de la sociedad todavía tiene problemas de reconocer una propia sexualidad en los discapacitados. Para muchos es casi inimaginable que estos además puedan ser gays o bisexuales.

Las dificultades con que se ven confrontados hombres y mujeres homosexuales discapacitados tienen muchas facetas.

En parte, esas dificultades no se distinguen de las que afrontan los homosexuales sin discapacidad, sino que desarrollan nuevos obstáculos a causa de la discapacidad.

Los homosexuales con discapacidad también tienen frecuentemente problemas para identificarse con su grupo de pertenencia. Nadan entre dos aguas: en el movimiento de gays y lesbianas pasan por discapacitados, en el movimiento de discapacitados pasan por homosexuales.
La revelación al público de su condición homosexual es para cada persona un momento muy difícil, sea discapacitada o no. Podemos distinguir entre la revelación interna, que concierne a la admisión personal, y la revelación externa, es decir la manifestación ante los demás.

Este proceso, donde es difícil ahondar en la propia sexualidad, fuerza y valor, lo es aún más en la adolescencia. Los adolescentes con discapacidad además deberán enfrentarse con ello durante la pubertad. Con frecuencia, su medio social subestima o ignora ese aspecto de su persona. Por eso, los adolescentes discapacitados a menudo no son conscientes de su propia sexualidad o no la admiten. Thomas Rattay, referente de la red de adolescentes LAMBDA, conoce bien esa problemática: "Por regla general, la revelación externa de adolescentes sin discapacidad tiene lugar entre los 15 y 17 años. Los jóvenes discapacitados a menudo se revelan al público mucho más tarde, por lo general entre los 20 y 25 años. Por lo tanto, su desarrollo se demora en relación a este punto porque tienen que superar dos desafíos". La Red Federal para jóvenes gays y bisexuales ve como su obligación integrar en sus proyectos a jóvenes con discapacidad.............
Algo para comenzar a pensar, y comprender...
"Aunque no lo veamos, el sol ....siempre está"
ORIENTAR, expandiendo Conciencias.....

VIH-SIDA y Discapacidad , 2010, así estamos.-



La exclusión social que padecen muchas personas con discapacidad y las dificultades de articulación entre sus instituciones y los profesionales y programas de salud,continuan siendo el freno a la constante informacion.......

Una larga cadena de barreras impiden su acceso a servicios de prevención, apoyo, y tratamiento.....
Las personas con discapacidad que viven con VIH-SIDA enfrentan además un doble estigma que los excluye y aísla.......
Al estar excluidas de los espacios sociales y educativos por donde circula y se comparte información y recursos preventivos, muchas personas con discapacidad permanecen al margen de los conocimientos básicos acerca del sexo y de los riesgos que puede correrse cuando no se toman precauciones.....


Desde ORIENTAR, venimos sosteniendo que os estados deberían INCLUIR programas y proyectos sobre el tema de VIH-SIDA y Discapacidad, basándose en cuatro principios fundamentales para la prevención del VIH-SIDA:

Al realizar campañas de prevención y comunicación, utilizar mensajes y materiales accesibles e inclusivos de las personas con discapacidad, formatos alternativos (cuestion que ya hemos planteado....Carpa VIH-SIDA/09 y que comenzamos a trabajar en la confeccion de formatos alternativos)
Trabajar en alianza con las Organizaciones.
Promover la participación activa de las personas con discapacidad en campañas y acciones de prevención del VIH-SIDA.
Incorporar información sobre las personas con discapacidad en las acciones de planificación, monitoreo y evaluación de proyectos, programas y políticas públicas que manejen o intrvengan en la tematica de la sexualidad, VIH-SIDA y discapacidad.....
PORQUE:
"La Discapacidad, no es Sinónimo de Inactividad Sexual...."
ORIENTAR....expandiendo Conciencias

miércoles, 5 de mayo de 2010

El Gobierno mejorará la reserva de empleo para personas con discapacidad La Crónica Social (13/04/2010)España, siempre pionera....


El Gobierno garantizará por ley el incremento del 5% al 7% de la reserva de empleo para personas con discapacidad dentro de la Administración General del Estado (AGE), algo que si bien viene haciéndose ya desde 2009 por decisión gubernamental, no está recogido en la norma correspondiente.

Así lo anunció en el Congreso de los Diputados el secretario general de Política Social y Consumo, Francisco Moza, quien compareció en la Comisión de Discapacidad de esta cámara para explicar cómo se acometerán las reformas normativas para adaptar la legislación española a la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

El incremento en dos puntos de la reserva de empleo para personas con discapacidad dentro de la AGE se hará reformando el artículo 59 de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, que establece que "en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad".

Según señaló Moza, la modificación de la Ley del Estatuto del Empleado Público se plasmará en un texto legal nuevo que contendrá, además, reformas de otras normas ordinarias y que comenzará a tramitarse en este semestre.

"ASPECTOS PRIORITARIOS"

En su exposición, Moza hizo un repaso por los principales bloques normativos que España va a reformar para adecuar su legislación a la Convención de Discapacidad y citó como aspectos "prioritarios" la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal y la que regula la participación electoral de los ciudadanos.

Con respecto a la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal, el secretario de Política Social reconoció que supondrá "una cuadratura complicada", ya que se trata de garantizar la accesibilidad de los vecinos con discapacidad a sus comunidades sin perjudicar con ello al resto de propietarios.

En cualquier caso, Moza se mostró obtimista en este sentido y confió en alcanzar un acuerdo con los agentes implicados (sector de la discapacidad y Ministerio de Vivienda, fundamentalmente), "lo antes posible, incluso antes del verano".

ESte acuerdo no supondrá, no obstante, que la modificación legal se materialice antes del verano, sino que pueda empezar a tramitarse en esa norma conjunta en este primer semestre de 2010, aclaró el representante del Ejecutivo.

PROCESOS ELECTORALES

En cuanto a las modificaciones de los procesos electorales, el Gobierno se propone tener listos para las elecciones catalanas y para las generales de 2011 los cambios necesarios para garantizar el voto a todas las personas con discapacidad, mediante, por ejemplo, ayudas técnicas o personales para quienes encuentren barreras físicas en los colegios electorales.

Otro aspecto dentro de este mismo ámbito que el Ejecutivo quiere lograr es la garantía de plena participación de los ciudadanos con discapaidad en los procesos electorales desempeñando, por ejemplo, el papel de presidente o vocal de una mesa cuando así les corresponda. Para dar este paso, sin embargo, el Gobierno se pone un plazo mayor, ya que requiere de la modificación de una ley orgánica y eso lleva más tiempo de tramitacin.

Además del incremento de la reserva de empleo público para personas con discapacidad dentro de la AGE, la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal y de los procedimientos electorales, el Ejecutivo acometerá cambios normativos en otras leyes ordinarias, en decretos y normas menores y en leyes orgánicas como la de Educación que afectarán a todos los ámbitos de la vida para adaptar la legislación española a la Convención de la ONU sobre Discapacidad.

Entre Rios avanza hacia la conformacion de un nuevo Ministerio de Trabajo, quienes formamos parte de espacios de lucha en pos de las personas con discapacidad, venimos bregando hace años por enriquecer el debate que permita arribar a una Provincia con legislaciones adaptadas a las Convenciones Internacionales....
Estamos en camino, sabemos que se puede, solo debemos partir de una premisa:QUE "TODOS SOMOS UNO"....
que Juntos Podemos
que sólo debemos unificar los Criterios y
por ello Vamos!
ORIENTAR.....expandiendo Conciencias!

lunes, 12 de abril de 2010

HELLEN KELLER: Un ejemplo de vida que perdura en sus obras (Warani)



Helen Keller nació el 27 de junio de 1880 en Tuscumbia, una pequeña ciudad rural de Alabama, Estados Unidos. Su sordoceguera fue causada por una fiebre en febrero de 1882 cuando tenía 19 meses de edad. Su pérdida de la capacidad para comunicarse (se quedó ciega y sorda) en tan temprana fase de desarrollo, fue muy traumática para ella y su familia, y debido a esto estuvo incontrolable por un tiempo.

A pesar de sus discapacidades, muchos años después daba discursos acerca de su vida, e incluso escribió libros sobre sus experiencias. En todo esto tuvo gran influencia su institutriz Anne Sullivan, que le enseñó a leer y comunicarse con los demás y a tener disciplina.

Por un tiempo, Sullivan dio clases a Helen en una cabaña ubicada en la propiedad de la familia, para que no se separara de sus protectores padres. Sullivan permitía que Helen tocara las cosas y entonces deletreaba lo que el objeto era en la mano de Helen. Así, Helen aprendió a leer.

Para que aprendiera a escribir, Sullivan le consiguió a su estudiante un tablero especialmente diseñado, acanalado de modo que un lápiz podía formar letras.

Para enseñarle a hablar, Sullivan ponía la mano de Helen en su garganta para que pudiera sentir las vibraciones creadas al comunicarse. Sullivan hacía que Helen tratara de formar estas mismas vibraciones. Este procedimiento se utilizó para enseñarle a Helen a hablar desde joven.

Su discurso, sin embargo, seguía siendo confuso. No fue hasta años después que, con la ayuda de la técnica de un profesor de voz y el apoyo de Annie, Helen pudo finalmente hablar claramente.

Eventualmente Helen Keller fue a la Universidad de Radcliffe y se graduó con honores. Helen Keller publicó su primer libro en 1902, "La Historia de Mi Vida", el mismo que fue redactado por John Macy. Hay una calle dedicada a ella en la localidad española de Getafe y una escuela para ciegos lleva su nombre en Santiago de Chile. En Corrientes, Argentina una escuela para sordos fue fundada con su nombre.En Córdoba, también Argentina, hay un colegio para ciegos que lleva su nombre.

Hija de capitán Arturo Henley Keller y Kate Adams Keller, ella nació con vista y la audición completas.

Hoy en dia la naturaleza de su enfermedad sigue siendo un misterio. Los doctores en su tiempo la llamaron "fiebre del cerebro", mientras que los doctores modernos del día piensan que pudo haber sido escarlatina o meningitis.

Cualquiera que haya sido la enfermedad, por muchos días lo único que se esperaba es que Helen muriera. Cuando la fiebre bajo, la familia de Helen se puso feliz creyendo que su hija iba a estar bien otra vez.

Sin embargo, la madre de Helen pronto notó que su hija no podía responder cuando sonaba la campana de cena, o cuando ella pasaba su mano delante de los ojos de su hija. Llegó así a ser evidente que la enfermedad de Helen la había dejado ciega, sorda y muda.

Los siguientes años fueron muy difíciles para Helen y su familia. Helen se hizo un niña muy difícil, aventaba los platos y lámparas y aterrorizaba la casa entera con rabietas, gritos y su mal genio. Los parientes la miraban como un monstruo.

Pero su familia - y ella misma - no se resignan con ese destino, y lo fueron superando a fuerza de voluntad y constancia, y gracias también a tutores y amigos que la ayudaron; entre ellos, Anne Sullivan.


Helen Keller con Anne Sullivan, de vacaciones en Cabo Cod, julio 1888 (foto redescubierta en 2008)Anne Sullivan fue su profesora personal, y su amiga de toda la vida. Anne le ayudo primero a controlar su mal genio, y después le enseño a leer, en primer lugar con el alfabeto manual táctil y más adelante con braille, a escribir de forma normal y a través de las máquinas de escribir en braille.

Helen fue a la escuela de Cambridge para señoritas desde 1896 y en el otoño de 1900 entró en la Universidad de Radcliffe, siendo la primera persona Sordociega que podía alcanzar el reto de presentarse y pasar en una Universidad.

La vida en Radcliffe era muy difícil para Helen y Anne, y la cantidad enorme de trabajo condujo al deterioro de la visión de Anne. Durante su tiempo en la universidad Helen comenzó a escribir sobre su vida. Ella escribía la historia en braille y en una máquina de escribir normal. Fue en este tiempo que Helen y Anne resolvieron con Juan Albert Macy que él debía ayudar a corregir el primer libro de Helen "la historia de mi vida", el cual fue publicada en 1903 y aunque al principio no fue exitoso en ventas, se convirtió más adelante en una obra clásica.

El 28 de junio de 1904 Helen se graduó "Con Honores" de la Universidad de Radcliffe, siendo la primera persona sordociega en obtener un título universitario. Ese mismo año en la exposición de San Luis habla por primera vez en público.

Helen y Anne iniciaron en los años siguientes, una gira de charlas y conferencias sobre sus experiencias. Helen contaba su vida y su discurso era interpretado frase a frase por Anne Sullivan, lo que siempre generaba sesiones de preguntas y respuestas acerca de sus historias. A través de sus viajes Helen y Anne, buscaron una nueva forma de vivir a través de sus conferencias y la venta de sus obras literarias.

En 1918 la demanda de sus obras había disminuido, pero ellas seguían viajando con más interés, mostrando las cosas increíbles de Helen, como la primera vez que entendió el significado de la palabra "agua". Ese año Helen, Anne y John (Esposo de Anne), se trasladaron a Forest Hills en Nueva York. Helen usaba su nueva casa como la sede para consecución de fondos de la Fundación Americana para Ciegos.


Ella no solo recolectaba dinero, también hacía campañas para mejorar la calidad de vida y las condiciones de las personas ciegas, quienes eran rechazados y erróneamente educados en asilos. Su insistencia fue uno de los factores importantes para que sus condiciones cambiaran. En 1957 fue realizada por primera vez "La trabajadora milagrosa" un dramatizado donde Anne Sullivan muestra sus primeras formas de comunicación cuando Helen era una niña, fue la primera aparición en televisión en los Estados Unidos.

En 1959, esta fue presentada en Broadway. Esta llegó a ser un éxito por casi 2 años. En 1962 se realizó otra película en donde las actrices que hacían el papel de Anne y Helen recibieron premios Oscar por sus actuaciones.

En Octubre de 1961 Helen sufrió el primero de la serie de accidentes cerebro vasculares que tuvo, y su vida pública se fue cerrando. Los últimos años de su vida se dedicó entonces a cuidar su casa en Arcan Ridge.

En 1964, Helen fue galardonada con la Medalla Presidencial de la Amistad, el más alto premio para personas civiles otorgada por el presidente Lyndon Johnson. Un año mas tarde fue elegida como La mujer del Hall de la fama en la Feria Mundial de Nueva York.

Poco antes de su muerte 1968, en la edad de 87 años, Helen Keller le dice a un amigo, "En estos oscuros y silenciosos años, Dios ha estado utilizando mi vida para un propósito que no conozco, pero un día lo entenderé y entonces estaré satisfecha."

El primero de Junio de 1968, en Arcan Ridge, Helen Keller muere mientras dormía. Helen fue cremada en Bridgeport, Connecticut y su funeral se realizó en la Catedral Nacional de Washington DC, la urna con sus restos más tarde fue llevada a un lugar cerca de los restos de Anne Sullivan y Polly Thomson.,,,,,,
ORIENTAR......acercando experiencias de Vida

martes, 6 de abril de 2010

HABLEMOS DE DERECHOS HUMANOS...........


La mayoría de las personas en situación de discapacidad, no tienen acceso a determinados derechos que para otras son básicos. Por eso está cada vez más extendido el uso de Derechos Humanos cuando se apunta a la discapacidad.
A nivel internacional, en especial en el marco de las Naciones Unidas, se ha estado fortaleciendo la consideración de que las personas en situación de discapacidad, deben ser abordadas desde la concepción misma de los derechos humanos
Por más de dos décadas, los adelantos producidos en principios de discapacidad entre otros, las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para estas personas, Resolución 48/96, de las ONU, aprobada por la Asamblea General en su 48 período de sesiones del 20 de diciembre de1993, dictaminan la necesidad que los poderes públicos promuevan como principios de Estado, las condiciones para que la libertad e igualdad de oportunidades del individuo y de los grupos a los cuales se integran, lleven el sello de reales y efectivos, siendo capaces de remover cualquier obstáculo que impida o dificulte su plenitud, facilitando la participación de todos los ciudadanos en la vida social, cultural, educacional, recreativa, económica y política. ....................

El Banco Mundial y la discapacidad ..........................


El Banco Mundial y la discapacidad

Más de 400 millones de personas , aproximadamente el 10% de la población mundial, viven con alguna forma de discapacidad en los países en desarrollo y como resultado de ello, muchas se ven excluidas del lugar que les corresponde dentro de sus propias comunidades. Imposibilitadas de desempeñarse en trabajos con un sueldo digno y excluidas de los procesos políticos, las personas discapacitadas tienden a ser las más pobres entre los pobres dentro de una población mundial de 1,3 mil millones de personas que subsisten con menos de un dólar diario.
En consideración a su misión de luchar contra la pobreza en las naciones en desarrollo, el Banco Mundial propicia decididamente la adopción por parte de los países de políticas que satisfagan las inquietudes y necesidades de desarrollo de las personas discapacitadas. La consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) requiere concentrar los esfuerzos en los discapacitados debido a varias razones:

Las personas discapacitadas se ven excluidas de la vida social y económica, por lo que suelen quedar al margen de las medidas destinadas combatir la pobreza;
Esta exclusión no sólo las afecta a ellas, sino también a sus familias y comunidades;
La discapacidad y la pobreza forman un círculo vicioso. A menudo la pobreza lleva a la discapacidad, la cual atrapa luego a las personas en la pobreza;
Los discapacitados también corren un mayor riesgo de contagiarse con VIH/SIDA debido al abuso físico, a la falta de intervenciones y de actividades de extensión adecuadas en materia de prevención.
Ejemplos de cómo la discapacidad afecta a algunos países

En Uganda, las personas discapacitadas tienen cerca del 40% más de posibilidades de ser pobres y los niños provenientes de hogares con familiares discapacitados cuentan con menos posibilidades de asistir a la escuela.
En Serbia, el índice de pobreza entre las personas discapacitadas es del 70%.
En Honduras, el índice de analfabetismo entre las personas discapacitadas es del 51%, en comparación con el 19% entre la población en general y su participación en la fuerza de trabajo es de sólo 31,5%, en comparación con el 50,8% de las personas no discapacitadas. Sin acceso a educación y empleo, estas personas seguirán siendo pobres.
¿Cuáles son las condiciones que define el término discapacidad?

La discapacidad no se trata simplemente de una condición médica, sino que es más bien el resultado de la interacción entre impedimentos físicos, mentales o sensoriales y la cultura, las instituciones sociales y los medios físicos. En otras palabras, las personas que sufren limitaciones físicas o mentales suelen ser discapacitadas no debido a una condición diagnosticable, sino porque se les niega el acceso a la educación, a los mercados laborales y a los servicios públicos. Esta exclusión conduce a la pobreza y, en un círculo vicioso, la pobreza conduce a mayor discapacidad debido a que aumenta la vulnerabilidad de las personas ante la desnutrición, las enfermedades y las condiciones de vida y de trabajo inseguras.
Este concepto de discapacidad se conoce como el modelo social de la discapacidad, en comparación con el modelo más antiguo, el modelo médico, el cual se enfocaba en la condición clínica del individuo. Por su parte, el modelo social conceptualiza la discapacidad como una interacción entre las limitaciones individuales y el medio.
Por lo tanto, este concepto social de discapacidad abarca a personas con discapacidades físicas, intelectuales y sensoriales como también a personas con problemas de salud mental, e incluye a personas cuyas discapacidades son claramente visibles y aquellas cuyas discapacidades son invisibles, como la discapacidad en términos del aprendizaje o la depresión. También abarca a personas que han nacido con discapacidades y a aquellas que las han adquirido debido a situaciones como la desnutrición, las enfermedades, los conflictos, los accidentes de tránsito y las condiciones de vida y de trabajo inseguras.

¿Qué puede hacer el Banco Mundial?

La misión del Banco de luchar contra la pobreza no puede cumplirse sin satisfacer las necesidades de las personas discapacitadas. El trabajo del Banco en esta área se basa en tres factores:
Enfoque multisectorial. La integración de las personas discapacitadas a la sociedad significa una estrategia que suele trascender los sectores, ya que la discapacidad de una persona puede afectar todos los aspectos de su vida, a menudo en forma interrelacionada;
Conocimientos analíticos especializados. El ámbito de la discapacidad y el desarrollo es bastante nuevo y suele ser poco comprendido. El análisis y los efectos de la discapacidad en el desarrollo y la generación de argumentos económicos para incluir el tema en los programas y las políticas de desarrollo es otra de las fortalezas del Banco.
Función de líder. El Banco ya ha asumido un papel de líder en las áreas de educación, gestión urbana y medios de comunicación a través de operaciones y cursos de capacitación .
Una mirada, un compromiso.....

lunes, 15 de marzo de 2010

CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD:"requisitos"








el Certificado de Discapacidad es un documento público que certifica la discapacidad, según lo establece la normativa vigente, Ley 22.431, Art.3, y se otorga, previa evaluación del solicitante, por la Junta certificadora de Discapacidad. La misma esta constituida por un equipo interdisciplinario, capacitado y habilitado para tal fin.
Convenio Marco de Colaboración Técnica En la ciudad de Paraná, y mediante Decreto Nº 4151 M.S.A.S. de fecha 15 de julio del año 2005, se aprueba el Convenio Marco de Cooperación Técnica, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación, el Ministerio de Salud y Acción Social de la Provincia de Entre Ríos y el Instituto Provincial de Discapacidad representado por la Sra. María Cristina Cremer de Busti, por el cual se conviene la implementación del Certificado de Discapacidad, en el marco de las disposiciones de la Ley Nacional Nº 22.431. El Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación, a través del Servicio Nacional de Rehabilitación, de esta manera proporciona a la Provincia la asistencia técnica y científica a la Junta Certificadora, a los efectos de la extensión de los correspondientes certificados de validez Nacional. Requisitos para solicitar el Certificado Nacional de Discapacidad Este trámite se realiza en forma personal, y en su defecto debe concurrir el tutor o responsable legal del beneficiario con el correspondiente instrumento legal que lo acredite. A continuación se detalla la documentación que se debe reunir para tramitar el Certificado Nacional de Discapacidad. Cuando usted reúna esta documentación, debe solicitar turno a este Instituto a los teléfonos (0343) 4208280/4208281o al teléfono dirécto de la Junta (0343) 4236473.-Planilla de Solicitud de Certificado de Discapacidad, otorgada por este Instituto. Certificado original expedido por médico especialista, que contemple: diagnóstico y estado actual del paciente, con fecha actualizada, no mayor a seis meses. Estudios médicos complementarios: radiografía según patología, electrocardiograma, tomografías computadas, estudios genéticos (si los posee), etc.Fotocopia de la Partida de Nacimiento o Documento de Identidad del paciente (D.N.I., C.I., L.E., L.C.), original, legible y con domicilio actualizado. Exposición policial que acredite vecindad y grupo familiar conviviente del beneficiario. En caso de renovación del Certificado Nacional de Discapacidad, presentar el Certificado Nacional vencido otorgado anteriormente. Y en caso de haberlo extraviado, presentar denuncia policial. Si tiene Obra Social, además adjuntardos fotocopias de la primera y segunda hoja del documento de identidad del paciente.dos fotocopias del carnet de Obra Social del paciente. Si el paciente trabaja, dos fotocopias de su último recibo de sueldo Si el paciente no trabaja, dos fotocopias del último recibo de sueldo del familiar que lo tenga a cargo. Para comunicarse directamente con Junta Certificadora llamar al :0343 4236473...
Compartimos.....

miércoles, 10 de marzo de 2010

KODOISH, KODOISH, KODOISH..........



Los Mantras nos permiten una conexion con lo divino, ponen en funcionamiento nuestras energías internas.......sin importar la condicion de la persona, nos ponen en contacto con lo divino, con Dios......
Este mantra coloca en movimiento un padrón de resonancia que las fuerzas negativas no pueden utilizar, cuando tratan de hacerlo…más aún, cuando es entonado, ellas no pueden permanecer ni por un segundo en presencia de ésta vibración.
El Poder trino del KODOISH, KODOISH, KODOISH crea un vórtice o pilar de energía divina, por el cual el espacio-tiempo pueden ser atravesados por el cuerpo físico, colocándonos en resonancia con otros niveles de inteligencia Divina.....
Esta fórmula puede ser utilizada para invocar la protección, ya que ésta expresión sagrada es una conexión entre todas las Jerarquías.
Ella crea un pilar de energía de protección que puede ser usado en situaciones prácticas, para resolver problemas, curar, elevar la conciencia y lo que fuera necesario proteger para hacer nuestra tarea evolutiva o trabajo interno.
Cuando nosotros cantamos o repetimos el Kodoish, Kodoish, Kodoish conectados con nuestro tercer ojo, seres angélicos se reúnen respondiendo al llamado, y hasta a veces se los suele percibir o ver, como luz u otra manifestación.....y en nuestro colectivo social, cuando se utiliza,cuando se cantan los mantras o se los recitan, la experiencia es espectacular, se logra una conexion realmente extraordinaria.....
(Gracias Tahita!!!!amiga!)

martes, 9 de marzo de 2010

SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS Decreto 312/2010 Reglamentación de la Ley Nº 22.431. ....


Decreto Nº 312/10
SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS - Reglamentación Ley 22.431
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B.O. 08/03/10

SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS

Decreto 312/2010

Reglamentación de la Ley Nº 22.431.


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Bs. As., 2/3/2010

Visto el E x p e d i e n t e EXPJEFGABMI EX003082/03, la Ley Nº 22.431 aprobatoria del Sistema Nacional de Protección Integral de los Discapacitados y su Ley modificatoria Nº 25.689, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 22.431 se establece un sistema de protección integral de las personas discapacitadas, disponiéndose a través de su artículo 8º modificado por la Ley Nº 25.689, que el Estado Nacional —entendiéndose por tal los tres Poderes que lo constituyen, sus organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos— está obligado a ocupar personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas.

Que, asimismo establece que el porcentaje determinado será de cumplimiento obligatorio para el personal de planta permanente, para los contratados cualquiera sea la modalidad de contratación y para todas aquellas situaciones en que hubiere tercerización de servicios.

Que con la finalidad de su efectivo cumplimiento establece un sistema de veeduría con participación del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS.

Que dicha normativa especifica que, en el supuesto que el ente que efectúe una convocatoria para cubrir puestos de trabajo no tenga relevados y actualizados sus datos sobre la cantidad de cargos cubiertos con personas con discapacidad, se considerará que incumple la obligación de ocupar la proporción mínima del CUATRO POR CIENTO (4%) pudiendo los postulantes con discapacidad hacer valer de pleno derecho su prioridad de ingreso a igualdad de mérito.

Que asimismo la norma de referencia establece que, de verificarse tal situación, se considerará que los responsables de los entes incurren en incumplimiento de los deberes de funcionario público, correspondiendo idéntica sanción para los funcionarios de los organismos de regulación y contralor de las empresas privadas concesionarias de servicios públicos.

Que la misma norma establece el deber del Estado de asegurar que los sistemas de selección de personal garanticen las condiciones establecidas en la normativa y provea de las ayudas técnicas y programas de capacitación y adaptación necesarios para una efectiva integración de las personas con discapacidad a sus puestos de trabajo.

Que, por otra parte, el referido ordenamiento obliga a los sujetos alcanzados a priorizar, a igual costo y en la forma que establezca la reglamentación, las compras de insumos y provisiones de aquellas empresas que contraten a personas con discapacidad, situación que deberá ser fehacientemente acreditada.

Que en tal sentido deviene necesario reglamentar la aplicación de la referida normativa, armonizándola con el marco vigente en materia de incorporación de personal, a efectos de preservar los derechos de las personas discapacitadas y el principio de igualdad de oportunidades y asegurar el cumplimiento de tales previsiones por parte de los funcionarios respectivos, asignando las debidas responsabilidades.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, dependiente del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION han intervenido conforme les compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 2º de la Constitución Nacional.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — DE LA INFORMACION. Las jurisdicciones, organismos descentralizados y entidades comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 8º de la Ley Nº 22.431, modificado por la Ley Nº 25.689, dentro de los TREINTA (30) días hábiles de entrada en vigencia del presente decreto, deberán informar, a la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, lo siguiente: a) Cantidad de cargos cubiertos con personas con discapacidad, respecto de los totales de la planta permanente y transitoria; y b) Cantidad de personas discapacitadas contratadas bajo cualquier modalidad, respecto del total de los contratos existentes. Dicha obligación de información se funda en lo establecido por el Decreto Nº 1027/94 y resoluciones complementarias.

Por su parte, la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS suministrará la pertinente información al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Las Jurisdicciones, organismos descentralizados y entidades aludidas en el presente artículo deberán actualizar la información respectiva correspondiente al 31 de diciembre y al 30 de junio de cada año, dentro de los QUINCE (15) días corridos posteriores a dichos vencimientos.

Dentro de los TREINTA (30) días corridos de los indicados vencimientos, la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS deberá informar a los titulares del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, los incumplimientos que se hubieren verificado respecto de la indicada obligación de información. Asimismo, las jurisdicciones, organismos descentralizados y entidades comprendidas en dicha obligación, deberán identificar e informar sus necesidades de puestos de trabajo vacantes o las ofertas de contratación pasibles de ser ocupados preferentemente por personas con discapacidad. Esta última información deberá remitirse a la citada Subsecretaría, en cada tramitación por la que se solicite la excepción a la prohibición a la cobertura de vacantes dispuesta por el artículo 7º de la Ley Nº 26.546, o el que lo sustituya, y en cada tramitación que se efectúe para la contratación de personal, bajo cualquier modalidad.

Art. 2º — DE LA VEEDURIA. En todo proceso de selección por el que se tramite la incorporación de personal en la planta permanente, en el ámbito de aplicación del artículo 8º de la Ley Nº 22.431, modificada por su similar Nº 25.689, deberá acreditarse la veeduría prevista en el segundo párrafo de dicho artículo. Los representantes del Estado Nacional en las comisiones negociadoras de convenios colectivos de trabajo que regulen la relación de empleo en los organismos comprendidos en el artículo 8º de la Ley Nº 22.431, modificado por la Ley Nº 25.689, adoptarán las medidas necesarias para incorporar en los referidos instrumentos, las cláusulas que hagan efectivo el cumplimiento de la veeduría y de lo establecido en la indicada normativa legal.

Art. 3º — DEL INGRESO DEL PERSONAL Y DE LA CONTRATACION DEL PERSONAL. En todos los procesos de selección y concursos para la cobertura de vacantes, y en las contrataciones de servicios personales, de locación de servicios o de obra intelectual, bajo cualquier modalidad, las jurisdicciones, organismos descentralizados y entidades comprendidas en el ámbito de aplicación del presente Decreto deberán efectuar la consulta previa, en la página web del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, del Registro que se confeccionará con los perfiles de los postulantes inscriptos, a los efectos de participar en el proceso de selección.

Al respecto, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL otorgará a las jurisdicciones, organismos descentralizados y entidades antes referidas, una clave de acceso para consultar el Registro mencionado, debiendo registrar las consultas que se generaren al mismo.

Asimismo, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL aportará su institucionalización federal, a través de sus unidades territoriales, para facilitar una mayor cobertura de captación de potenciales postulantes.

Dicho servicio de empleo para personas con discapacidad podrá ser consultado por los demás entes indicados en el primer párrafo del artículo 8º de la Ley Nº 22.431, modificado por la Ley Nº 25.689, interesados en la búsqueda de postulantes para la cobertura de vacantes.

La falta de inscripción en el respectivo Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, no inhibirá de modo alguno la participación de postulantes con discapacidad en los procesos de selección y concursos para la cobertura de vacantes, y contrataciones de servicios personales anteriormente descriptos, ni los derechos preferenciales atribuidos por la Ley Nº 22.431 y modificatorias.

Art. 4º — Para un efectivo cumplimiento de la garantía establecida en el último párrafo del artículo 8º de la Ley Nº 22.431, modificado por la Ley Nº 25.689, los organismos intervinientes en los procesos de selección de postulantes para la cobertura de vacantes, al definir y utilizar los criterios de selección que se orienten hacia las aptitudes, los conocimientos y las capacidades específicas considerados esenciales para las funciones del puesto vacante, verificarán que no sean motivo innecesario de exclusión de las personas con discapacidad, buscando garantizar el principio de no discriminación y la equiparación de oportunidades para todos los candidatos.

Art. 5º — La verificación del cumplimiento de las previsiones establecidas en los artículos precedentes será responsabilidad del titular del Servicio de Administración de Recursos Humanos o del área específica de contrataciones en su caso, conjuntamente con el titular de la Unidad de Auditoría Interna de la jurisdicción, organismo descentralizado o autárquico, ente público no estatal, empresa del Estado o empresa privada concesionaria de servicios públicos, los que serán solidariamente responsables, con el alcance de lo establecido en el tercer párrafo “in fine” del artículo 8º de la Ley Nº 22.431, modificado por la Ley Nº 25.689.

Art. 6º — Cuando se concrete la incorporación de personas con discapacidad en planta permanente, transitoria o bajo cualquier modalidad de contratación, los organismos respectivos instrumentarán las medidas necesarias para una efectiva adaptación de los ingresantes a sus funciones de trabajo. A tal efecto, podrán requerirle a la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS y al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la asistencia técnica y las acciones de capacitación en los organismos involucrados.

Art. 7º — En aquellas situaciones en que hubiere tercerización de servicios, cualquiera fuere la modalidad de contratación empleada, se encuentre o no comprendida ésta en el Régimen del Decreto Nº 1023/01 y su normativa complementaria y modificatoria, deberá incluirse en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, que el proponente deberá contemplar en su oferta la obligación de ocupar, en la prestación de que se trate, a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad del personal afectado a la misma.

Art. 8º — Con relación a la priorización dispuesta en el Artículo 8º bis de la Ley Nº 22.431, incorporado por la Ley Nº 25.689, si se produjera un empate de ofertas, deberá considerarse en primer término aquella empresa que tenga contratadas a personas con discapacidad, situación que deberá ser fehacientemente acreditada. En el caso en que la totalidad de las empresas igualadas hubiera personal con discapacidad, se priorizará, a igual costo, las compras de insumos y provisiones de aquellas empresas que contraten o tengan en su planta de personal el mayor porcentaje de personas discapacitadas empleadas.

Art. 9º — El MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estarán facultadas para dictar en forma conjunta las normas interpretativas, complementarias y aclaratorias del presente Decreto.

Art. 10. — Invítase, a las comisiones negociadoras de convenios colectivos que regulen la relación de empleo en los organismos comprendidos en el artículo 8º de la Ley Nº 22.431, modificado por la Ley Nº 25.689, a disponer las medidas necesarias para el efectivo cumplimiento de lo establecido en dicha norma.

Art. 11. — Invítase a adherir a las disposiciones del presente Decreto al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, al PODER JUDICIAL DE LA NACION, al MINISTERIO PUBLICO, a los GOBIERNOS PROVINCIALES y al GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los respectivos PODERES LEGISLATIVOS y JUDICIALES de las PROVINCIAS y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los GOBIERNOS MUNICIPALES de las PROVINCIAS y a los respectivos CONCEJOS DELIBERANTES u órganos deliberativos municipales.

Art. 12. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.

—FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Carlos A. Tomada. — Alicia M. Kirchner. — Juan L. Manzur.



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Recopilación de Leyes de: Soles de Buenos Aires, Asociación Civil
"Destinada a la Rehabilitación, Promoción e Inserción de Personas con Discapacidad"
http://www.solesdebuenosaires.org.ar

sábado, 6 de marzo de 2010

Preguntas:porqué un Taller de Risoterapia para personas con discapacidad????


La técnica de la risoterapia consigue desbloquear tensiones y equilibrar al individuo emocionalmente para mejorar sus relaciones personales y su calidad de vida, ya que previene problemas digestivos, migrañas, problemas cardiovasculares, arteriosclerosis, alergias, resfriados comunes, fatiga física y mental e insomnios, para amortiguar el cansancio y el agotamiento, para ayudar a conciliar mejor el sueño y reducir el nivel de estrés y ansiedad..................
Orientar....tambíen Sonríe!!!!!!!!!!!

lunes, 1 de marzo de 2010

Marzo....cartelera de amigos.....



Ciclo de Teatro breve
TEATRO EN FORMATO pequeño
Jueves de marzo, 21:30 horas. Entrada $10.Espacio Cultural Metamorfosis.(9 de Julio 211)
Jueves 11:

- “Encuentro con Yamil Issler” Coco Mueca (con Lucía Tomas, Dante Barata y Vicente Garay)
-“Teatro por deporte” Coco Mueca (match de improvisación: Daniel Villagra, Claudio Cardoso, Sebastián Monjes, Francina Bertozzi, Gabriela Vieiro, Lucía Tomas, Luciana Brondi, Franco Bertozzi, Santiago Marcos, Maria Kendziur, Belén Perello Lucena y Carlos Vicentín)

Jueves 18:
- “Gotas en la tormenta” Coco Mueca (con Francina Bertozzi y María Kendziur)

Jueves 25:

- “Cosas que le pasan… a mi mamá” Coco Mueca (con Florencia Schoroeder y Reggina Righelato)

- “Bryan vs la que lo parió” Coco Mueca (Con Luciana Brondi y Vicente Garay)

- “Julia y Mariana tirando de la cuerda” Coco Mueca (Con Lucía Tomas y Pamela Aldaz)

1° NIVEL DE REIKI

Sábado 13 de Marzo de 14 a 18 horas
Reiki es amor y cuidados para ti y para los que te rodean;
el amor que puedes regalar vale más que muchas cosas.
Es una terapia perfectamente compatible con la vida familiar y sobre todo para padres y madres deseen tener una forma natural de armonizar a sus hijos.
Reiki es útil: Como complemento de la medicina.
Se puede usar en casa o afuera en cualquier circunstancia.Informes en ANAUEL TODOARTE
Dirigido por Eda León y Darío Alan Feltan,Posadas: Av. Santa Catalina 1967 - casi Centenario – tel. (03752-438825)
E-mail: dariofeltan@hotmail.com
CENTRO "OSHO AKEED" ABASTO BS AS.
01/03/2010
Lunes y Jueves 19:30hs en Abasto: Práctica de Meditación Activa Osho
06/03/2010
3er Encuentro del Curso de Respiración Consciente
06/03/2010
Sábado 15hs: Meditación Activa Osho
09/03/2010
Círculos de encuentros: El hombre nuevo
13/03/2010
AUM Meditacion y Maraton Chile-Concepcion(TABDAR:Tel: 4777-9877
Cel/SMS: 15 5101-9877
info@oshoakeed.com.ar)
ORIENTAR.....compartiendo

sábado, 20 de febrero de 2010

Avellaneda: Defensoría del Pueblo atenderá casos de discapacidad


Avellaneda: Defensoría del Pueblo atenderá casos de discapacidad

El Defensor del Pueblo de Avellaneda, Sebastián Vinagre, anunció un proyecto de crear un área específica para abordar temas relacionados con personas con capacidades diferentes. En tal sentido, Vinagre expresó que “la intención es que los discapacitados encuentren en la Defensoría un lugar donde recurrir para interiorizarse sobre sus derechos en cada una de las áreas que hacen a su vida cotidiana”.
Abarcará a personas con discapacidades y sus familias, prestadores de servicios y coberturas médicas y sociales. La idea es brindar un Servicio Integral de Asesoramiento en la Coordinación de Necesidades, Resolución y Orientación para personas con discapacidades y su entorno, detección temprana de necesidades y orientación hacia los Organismos Competentes.

La Defensoría funciona en avenida Mitre 1311, primer piso, y su teléfono es 4201-9993.

“Además -dijo- deseamos brindar un Servicio Integral de Asesoramiento en la Coordinación de Necesidades, Resolución y Orientación a personas con discapacidad y su entorno, detección temprana de necesidades y orientación a los organismos competentes”.

Finalmente, la nueva área que funcionará dentro de la Defensoría del Pueblo de Avellaneda se propone “optimizar recursos municipales y provinciales para las personas con discapacidad y efectuar un asesoramiento familiar e Institucional para conocer los derechos y alcances de las normativas vigentes”.”......(Fuente"El Sindical")

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conocer los derechos y alcances de las normativas vigentes Unirse al Pedido de un DEFENSOR DEL PUEBLO PARA DISCAPACIDAD....
UNIRSE al Grupo en Facebook..
ORIENTAR

Los Molineros del Borda................sólo UNA


Este es un emprendimiento del Hospital Borda, donde pacientes trabajan para su externacion...
Necesitamos que puedan adquirir tarjetas, para ayudarlos...
y si compramos???
y si cada uno de nosotros se compromete sólo a UNA....
somos muchos ...
porqué no aceptar este desafío sabiendo el GRAN beneficio que conlleva???
sólo UNA...por que !"TODOS somos UNO"
Compren!!!!
pueden contactarlos al :
molinerosdelborda@ yahoo.com. ar

domingo, 14 de febrero de 2010

Estimular el “movimiento” es estimular el” lenguaje Corporal


El movimiento, siguiendo la música, va permitiendo introducir a las personas a ese mundo mágico de la expresión a través de él….encontrando la conciencia corporal en forma natural, ampliando la percepción espacial.
Mover, danzar, permite encontrar-Nos con el propio cuerpo y luego con el de los “otros”, y allí la exploración nace de una manera interior, permitiendo construir una atención especial sobre un cuerpo más trabajado, seguro, capaz de recepcionar, comunicar, percibir, observar y expresar.
Trabajar Talleres de Movimientos con Personas en situación de discapacidad, permite la introducción de las mismas a una propia realidad que ellos aún no conocen,, profundizando la propia confianza, clave en toda relacion entre personas….

lunes, 30 de noviembre de 2009

1º de diciembre: VIH-SIDA Y DISCAPACIDAD


desde ORIENTAR, estamos trabajando para que desde todos los espacios sean éstos Estatales o Privados, de donde se genere material de concientización sobre VIH-SIDA, pueda ser simultáneamente editado en FORMATOS ALTERNATIVOS, que GARANTICE el "IGUAL ACCESO" de información a éste colectivo social ( sea en Braile o lenguaje de Señas )
Debemos ademas, abrir debate y atraer la atención sobre el tema de "VIH-SIDA y SALUD REPRODUCTIVA" para mujeres y jóvenes en situación de discapacidad,abordarlo mutuamente, ofreciendo ideas y herramientas para un trabajo futuro en conjunto en este campo...Por ello VAMOS!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
-1º DE DICIEMBRE CARPA PLAZA PRIMERO DE MAYO: Jornadas ....Todos tenemos que estar!!!!
El compromiso es mío,
tuyo
y tuyo también,
porque....
TODOS SOMOS UNO....................ORIENTAR
(Paraná, Entre Rios, Argentina)