sábado, 8 de septiembre de 2012
Residencias para Adultos Mayores♥♥¸.•°`*.¸.*
Las residencias son centros de servicios sociales destinados para el alojamiento; temporal o permanente, para personas mayores o personas con algún tipo de discapacidad. Suponen una alternativa al hogar familiar cuando confluyen una serie de circunstancias (familiares, económicas, socio-sanitarias, etc.) que desaconsejan la permanencia en el domicilio. De ahí la importancia de que se conviertan en "auténticos hogares". Resulta primordial que las residencias permitan a los alojados llevar un vida lo más parecida posible a la que llevaban antes de ingresar en el centro: intimidad, llevar consigo sus propias pertenencias y recuerdos, recibir visitas , poder seguir con sus costumbres....
Las residencias para los mayores asumen la tarea de prestar cuidados y asistencia en mayor o menor grado. Se procura el desarrollo personal, la atención social y sanitaria.
Para decidir lo mejor es conocerlo: informarse sobre el centro, hablar con los responsables, visitarlo, estudiar su ubicación, su infraestructura, sus accesos, distribución, instalaciones, accesibilidad… Todo ello resulta fundamental para tomar una decisión.
Estudiar bien la habitación; la amplitud y la iluminación serán los dos aspectos básicos a tener en cuenta. Valorar también la presencia de armarios, de llaves, de timbres, las condiciones higiénicas, los baños… Infórmese de si está permitido o no llevar muebles, decorar la habitación, llevar recuerdos… Pregunte por los sistemas de seguridad, alarma y emergencias.
En cuanto a los aspectos legales, compruebe si el centro está debidamente autorizado. Solicite el contrato de admisión y del Reglamento de Régimen Interno y léalos con atención. Consulte la tarifa de precios. Todos los centros tienen que contar con el libro de Reclamaciones Oficial.
Se valorará la facilidad que ofrezca el centro para que el usuario pueda ser visitado: un horario amplio puede facilitar las visitas de los familiares. No olvide preguntar la posibilidad de hacer/recibir llamadas telefónicas.
La calidad asistencial dependerá en gran medida del personal que trabaje para la residencia. Compruebe que son profesionales, que cuentan con experiencia, que son suficientes para realizar los trabajos que se les encomiende… Pregunte por el número de cuidadores, el número de médicos tambien...
Pregunte por las prestaciones que se ofrecen: terapias ocupacionales, rehabilitación, gimnasio, animación, consultas médicas, salas comunes para el convivencia con los demás usuarios… Algunas residencias ya incorporan servicios complementarios como farmacia, masajes, asesoría jurídica, peluquería, podología, asistencia psicológica…
La comida. Los centros adaptan el menú a las necesidades médicas del mayor. Vea el plan semanal de comidas. Son pocos los centros donde se puede decidir entre varios menús.
En muchas residencias existen listas de espera debido al exceso de demanda y la escasez de plazas que oferta el mercado. No olvide preguntar sobre esta cuestión.
El ingreso en una residencia puede suponer para la persona mayor un motivo de dolor o tristeza por lo que será necesario explicarle el tema con naturalidad para que la persona pueda entenderlo. No está de más explicarle los motivos por los que se elige una residencia u otra, las ventajas de las que podrán disponer y la atención adecuada que le van a prestar.Es fundamental que las personas mayores reciban atención social y psicosocial que les ayude a sentirse activos y útiles.
Terapéuticas: ayudan a que la persona pueda desempeñar las actividades de la vida cotidiana. Se trata de potenciar la destreza y las actitudes y conseguir el máximo de autonomía e integridad. Las capacidades dañadas serán los puntos sobre los que se deberá trabajar.
Actividades de animación social: este tipo de actividades mejoran las relaciones entre las personas, fomentan el desarrollo personal y la convivencia. Se trata de actividades culturales, de memoria, físicas, domésticas y comunicativas. Sirven de esparcimiento e integración
Y no debemos olvidar que Una Residencia en la residencia DEBE
Prevenir el abuso y promover la calidad de vida!!!!!!!!!! por ello tanto los Organismos Oficiales como los familiares deben estar atentos y
1. Visitar de forma frecuente y no previsible.
2. Observar el aseo del adulto mayor y de la residencia.
3. Controlar si hay escaras, moretones, dolor, pérdida de peso o deshidratación.
4. Verificar el cumplimiento de los servicios acordados en el contrato.
5. No temer hacer preguntas.
Puede llevar un diario para registrar observaciones y tomarse una fotografía con el adulto mayor en cada visita para constatar su estado.-(Consulta Discapnet*RedClínica)
Orientar...expandiendo Conciencias♥♥¸.•°`*.¸.*
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Día Mundial para la Prevención del Suicidio 10 de septiembre 2012◕★¸•*´¯¯`*◕★¸•*´¯¯`*◕★¸
El 10 de septiembre, Día Mundial para la Prevención del Suicidio, se fomentan en todo el mundo compromisos y medidas prácticas para prevenir los suicidios. Cada día hay en promedio casi 3000 personas que ponen fin a su vida, y al menos 20 personas intentan suicidarse por cada una que lo consigue....
Con el patrocinio de la Asociación Internacional para la Prevención del Suicidio, la OMS y sus colaboradores preconizan una terapia adecuada y medidas de seguimiento para quienes han intentado suicidarse, junto con un tratamiento más mesurado del suicidio por parte de los medios de comunicación.
La Asociación internacional para la prevención del suicidio tiene por objetivo:
la prevención de comportamientos suicidas,
reducir las repercusiones asociadas a estos, y
proporcionar un lugar de intercambio para los investigadores, profesionales de la salud mental, ayudantes en situaciones de crisis, voluntarios y enlutados por suicidio.
La Asociación internacional para la prevención del suicidio fue fundada por el Profesor Erwin Ringel y Dr. Norman Farberow en 1960. Desde entonces, profesionales y voluntarios de más de cincuenta países se han incorporado a sus filas. La AIPS es una organización no gubernamental vinculada oficialmente a la Organización mundial de la salud con el fin de prevenir el suicidio.
Es necesaria una labor mundial de concienciación de que el suicidio es una de las grandes causas prevenibles de muerte prematura. Los gobiernos deben elaborar marcos normativos para las estrategias nacionales de prevención del suicidio. A nivel local, las declaraciones políticas y los resultados de la investigación deben plasmarse en programas de prevención y actividades comunitarias...
Solidaridad, compromiso y Conciencia por y en el otro....Orientar, expandiendo Conciencias◕★¸•*´¯¯`*◕★¸•*´¯¯`*◕★¸
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viernes, 31 de agosto de 2012
Día Internacional de la Solidaridad
En la Declaración del 31 de agosto como Día Internacional de la Solidaridad la ONU recuerda que la solidaridad no sólo es un requisito de carácter moral, sino también una condición previa para la eficacia de las políticas de los países y los pueblos. Es una de las garantías de la paz mundial....
Vivimos un período de grandes diferencias entre los ricos y los pobres. El verdadero progreso no se logrará sin la cooperación entre todas las naciones y los pueblos para acabar con la pobreza y sin la solidaridad con los desposeídos. Debemos asumir la responsabilidad ante los que no pueden obtener los recursos suficientes para el desarrollo, cuyos derechos humanos y dignidad no se respetan. Todos ellos son nuestra preocupación común.
Por consiguiente, debemos aspirar a que el siglo XXI sea la era de las naciones, los pueblos y los individuos consagrados a la solidaridad. Un camino en solitario lleva inexorablemente al aislamiento. Las estructuras supranacionales, fundadas precisamente en el principio de la solidaridad con el debido respeto a las particularidades locales y la diversidad cultural, ofrecen la posibilidad de un desarrollo pleno y estable.
La proclamación del 31 de agosto como Día Internacional de la Solidaridad, para coincidir con el aniversario del inicio del movimiento “Solidaridad” fundado hace 20 años, cuya importancia mundial fue reconocida, en particular con la concesión del Premio Nobel de la Paz a su legendario dirigente Lech Walesa, y que contribuyó a atraer la atención de los pueblos de todos los continentes hacia la importancia creciente de la solidaridad como valor fundamental de las relaciones entre los individuos, los pueblos y las naciones.
La proclamación de ese día contribuirá a la aplicación de la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas.Orientar....expandiendo Conciencias
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Maria Montesori*•.¸¸.•*´¨`*•.¸
«El niño, con su enorme potencial físico e intelectual, es un milagro frente a nosotros. Este hecho debe ser transmitido a todos los padres, educadores y personas interesadas en niños, porque la educación desde el comienzo de la vida podría cambiar verdaderamente el presente y futuro de la sociedad. Tenemos que tener claro, eso sí, que el desarrollo del potencial humano no está determinado por nosotros. Solo podemos servir al desarrollo del niño, pues este se realiza en un espacio en el que hay leyes que rigen el funcionamiento de cada ser humano y cada desarrollo tiene que estar en armonía con todo el mundo que nos rodea y con todo el universo». Maria Montessori
María Montessori (31 de agosto de 1870 - 6 de mayo de 1952), fue una educadora, científica, médica, psiquiatra, filósofa, psicóloga, devota católica, feminista, y humanista italiana. Nació Chiaravalle, provincia de Ancona, Italia, en el seno de una familia burguesa católica. Su madre fue Renilde Stoppani, mientras que su padre Alessandro Montessori era militar de profesión y muy estricto; en esa época a lo que más aspiraba una mujer era a ser maestra, aunque en su familia se reconocía el derecho a cierta educación de la mujer.
Estudió ingeniería a los 14 años, luego biología y por último es aceptada en la Universidad de Roma, en la Escuela de Medicina. A pesar de que su padre se opuso al principio, se graduó en 1896 como la primera mujer médico en Italia. Fue miembro de la Clínica Psiquiátrica Universitaria de Roma. Más tarde, estudió Antropología y obtuvo un doctorado en Filosofía, época en la que asiste a uno de los primeros cursos de psicología experimental. Fue contemporánea de Freud y desarrolló su propia clasificación de enfermedades mentales. (Tomado de Wikipedia)
De un desafortunado romance con Giuseppe Montesano, psiquiatra y profesor suyo, nació su hijo Mario. La profunda desilusión que le causó el abandono del médico, llevó a María Montessori a afiliarse al movimiento feminista, del que fue representante a nivel nacional e internacional, y representó a Italia en los Congresos de Berlín (1896) y de Londres (1899).
Aunque el régimen de Mussolini la distinguió miembro honorario, acusó públicamente al fascismo de «formar a la juventud según sus moldes brutales» y al convertirlos en «pequeños soldados». Sus opiniones causaron tanta molestia en el régimen gobernante que a la doctora no le quedó otra alternativa que exiliarse. Abandonó Italia en 1933 al ser clausuradas sus escuelas y fue a Barcelona, donde estuvo viviendo un tiempo y luego se estableció en Holanda con su esposo y su hijo. Regresó a Italia en 1947 para ayudar a la reorganización de escuelas y reanudar las clases en la Universidad de Roma.
Se interesó por la educación de los niños con deficiencias mentales y aplicó métodos experimentales consiguiendo que estos niños aprendieran a leer y escribir. Desarrolló sus propios métodos que aplicó más tarde a toda clase de niños. A través de su práctica profesional llegó a la conclusión de que los niños «se construyen a sí mismos» a partir de elementos del ambiente y, para comprobarlo, volvió a las aulas universitarias a estudiar psicología. En 1906, decidió hacerse cargo durante el día de 60 menores cuyos padres trabajaban.
Fundó la Casa de los Niños y desarrolló allí lo que a la postre se llamaría el método Montessori de enseñanza. Todas sus teorías se basaron en lo que observó a los pequeños hacer por su cuenta, sin la supervisión de adultos. La premisa de que los niños son sus propios maestros y que para aprender necesitan libertad y multiplicidad de opciones entre las cuales escoger, inspiró a María Montessori en todas sus batallas por reformar la metodología y la psicología de la educación.
En 1949 se estableció definitivamente en Amsterdam, y ese año publicó su libro The Absorbent Mind. En 1950 fue nombrada doctora honoris causa por la Universidad de Amsterdam. En tres oportunidades fue nominada para el Premio Nobel (1949, 1950 y 1951). Falleció en Holanda en 1952, a los 82 años de edad, pero su pensamiento sigue vivo en las muchas instituciones educativas alrededor del mundo que aplican su método.
"La Metodología Montessori comenzó en Italia y es tanto un método como una filosofía de la educación...."Orientar...expandiendo Conciencias*•.¸¸.•*´¨`*•.¸
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jueves, 30 de agosto de 2012
¿Sabes qué es un Lapbook?♥♥¸.•°`*.¸.*
Un Lapbook es una práctica didáctica plástica que podemos realizar con niños para aprender más sobre determinado tema, en una base de carturlina o cartón y algunos materiales añadidos sencillos de conseguir......
Un lapbook sería un soporte desplegable en cartulina o cartón que permite exponer un tema. En el interior es posible incorporar diversos soportes: esquemas, fotos, dibujos, desplegables y todo lo que facilita una mejor comunicación con el niño.
A partir de ahí, vamos recopilando dibujos, fotos, objetos, actividades... relacionados con el tema en cuestión y lo vamos pegando o adjuntando al lapbook.
Se puede hacer un lapbook de los temas más variados. Cualquier cosa que interese a los niños puede ser un buen motivo. Desde lo más concreto a lo más general y dependiendo de la edad y gustos de cada uno/a.
Es un método que suelen usar mucho las familias que enseñan en casa, pero es muy válido también para los niños escolarizados, cuando les piden que hagan algún trabajo en casa...Orientar...expandiendo Conciencias♥♥¸.•°`*.¸.*♥♥¸.•°`*.¸.*
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Debaten si hay que medicar a los niños hiperactivos Una campaña internacional combate la tendencia a recetar medicamentos a pequeños con dificultades de comportamiento en la escuela o en la casa*`*•.¸¸☆彡
Las tres características principales del déficit son: inatención, impulsividad e hiperactividad
"Vivimos en una época en la que niños y adolescentes suelen ser etiquetados y medicados por moverse en clase, atender a cuestiones diferentes a las que se espera y no obedecer. Se medicaliza el malestar infantil y adolescente pensando, desde lógicas reduccionistas, en problemas complejos". De esta manera se presenta -vía web- la campaña internacional llamada "Stop DMS", impulsada por un grupo de profesionales que trabajan en torno a la patologización y medicalización de niños y adolescentes.
La iniciativa, implementada como un foro, ya se ha realizado en lugares como Brasil o España para convocar a psicólogos, psiquiatras, pediatras, neurólogos y psicopedagogos -entre otros- interesados en la temática.
"Nos encontramos con niños que por presentar dificultades en la escuela o en el ámbito familiar son rotulados y medicados de un modo inmediato, sin que nadie los haya escuchado primero, sin referencias a su contexto y a su historia. Y sin ningún intento de comprender sus conflictos ni de ayudarlos de otras maneras", explican.
"Yo estoy con el movimiento del forum contra la medicalización de la infancia, que comenzó en Barcelona. Inicié la movilización porque he podido ver que miles de niños están siendo diagnosticados y medicados con psicotrópicos por un supuesto diagnóstico de Trastorno de Déficit de Atención con Hiperactividad (TDAH), que inventó un manual de psiquiatría (conocido como DMS, de ahí el nombre de la campaña) que actualmente se utiliza todo el tiempo en los espacios de salud mental públicos y privados", expresó Verónica García, psicóloga clínica especialista en infancia y principal impulsora de la versión mendocina del foro internacional.
Según explica la profesional, hay neurólogos infantiles que recetan ritalina o fluoxetina para que el pequeño preste atención y haga las tareas. "Estos médicos medican a partir de hacer unas simples preguntas a los padres del paciente, sin profundizar en lo que realmente le está pasando. El problema es que esas drogas tienen efectos secundarios muy negativos y algunos son de por vida. Recurren a la medicación como primera instancia, borrando la historia familiar y escolar del niño, su subjetividad. Eso es lo más peligroso", detalló García, al tiempo que remarcó que muchos niños están siendo psico-medicados y no lo necesitan.
Según el "Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales (DSM-IV)", el Trastorno de Déficit de Atención es una patología neurobiológica que se expresa, sobre todo, a través de manifestaciones en la conducta, y constituye uno de los problemas más comunes de la infancia.
Tal cual define este manual, las tres características principales del déficit o trastorno son: inatención, impulsividad e hiperactividad.
En tanto, la Fundación de Neuropsicología Clínica (FNC), que funciona en Buenos Aires y basa varios de sus estudios en la terminología utilizada en el DSM, asegura que "los niños que padecen este síndrome suelen tener un rendimiento escolar inferior al que les correspondería por su capacidad intelectual. El 30 por ciento repite por lo menos un grado escolar, y suelen tener dificultades para cumplir con las pautas y responder a los límites que se les pone en casa y en la escuela".
(Fuente: Los Andes – Mendoza) Orientar...expandiendo Conciencias*`*•.¸¸☆彡
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miércoles, 29 de agosto de 2012
LA TRANSFORMACION DE PARADIGMA QUE INCORPORA EL NUEVO CODIGO CIVIL EN EL AREA DE SALUD MENTAL¸.•°`*.¸.*Sonia Santoro
Un cambio de locura....
El proyecto de reforma del Código Civil y Comercial toma la perspectiva de derechos humanos en materia de salud mental. Hace hincapié en las capacidades, más que en las imposibilidades.El proyecto de reforma del Código Civil y Comercial recoge el nuevo paradigma de derechos humanos en materia de salud mental, que Argentina adoptó hace ya más de un año con la Ley 26.657. Ya no se habla de “idiotas” o “dementes”, sino de personas con capacidades o incapacidades....
La capacidad jurídica de la persona se presume aun cuando se encuentre internada en un psiquiátrico. Las limitaciones a la capacidad son siempre excepcionales y en beneficio de las personas. Y la intervención estatal tiene siempre carácter interdisciplinario, tanto en el tratamiento como en el proceso judicial. También se establece un sistema de “apoyos” en los casos excepcionales en que las personas sean declaradas incapaces.
El capítulo del proyecto de reforma del Código Civil y Comercial destinado a la salud mental llega después de décadas de debate mundial en búsqueda de una consideración más humana de las personas con padecimientos mentales, que colocó al país en la vanguardia de la región al aprobar la Ley 26.657 de Salud Mental en 2010.
En ese contexto, las reglas generales para las restricciones a la capacidad que plantea el proyecto son las siguientes:
a) la capacidad general de ejercicio de la persona humana se presume, aun cuando se encuentre internada en un establecimiento asistencial;
b) las limitaciones a la capacidad son de carácter excepcional y se imponen siempre en beneficio de la persona;
c) la intervención estatal tiene siempre carácter interdisciplinario, tanto en el tratamiento como en el proceso judicial;
d) la persona tiene derecho a recibir información a través de medios y tecnologías adecuadas para su comprensión;
e) la persona tiene derecho a participar en el proceso judicial con asistencia letrada, que debe ser proporcionada por el Estado si carece de medios;
f) deben priorizarse las alternativas terapéuticas menos restrictivas de los derechos y libertades.
El proyecto dice que la “regla es la capacidad jurídica del sujeto y la excepción es la incapacidad y se mantiene ese régimen de la incapacidad para supuestos excepcionales donde la persona necesite una mayor protección”, explica Angeles Baliero de Burundarena, docente de derecho de familia de las universidades de Palermo y de Buenos Aires y asesora general tutelar adjunta de Menores de la Ciudad.
El artículo 32 habla de los conceptos de “persona con capacidad restringida y con incapacidad”. Dice que el juez puede restringir la capacidad en las personas con adicciones, “alteración mental permanente o prolongada, de suficiente gravedad” si “puede resultar un daño a su persona o a sus bienes”, así como por causa de “enfermedad mental”. En esos casos el juez “debe designar un curador o los apoyos que resulten necesarios”.
Es decir que hay personas a las que se puede restringir la capacidad para determinados actos. Por ejemplo, explicó Baliero, había personas que estaban declaradas incapaces absolutas de hecho y sin embargo con la pensión que recibían hacían todos los mandados que necesitaba la familia, iban a la panadería, a la verdulería... Es decir no necesitaban al curador que fuera a comprar por ellas. “Entonces era inhumano que esa persona no pudiera tener decisión propia o que su voluntad expresada no tuviera efecto jurídico porque estaba en ese régimen rígido de hace 130 años. Hoy en día esa persona estaría con capacidad restringida para determinados actos, a lo mejor por ejemplo para que no pueda vender la casa donde vive”, dijo la experta.
Sin embargo, el proyecto sigue sosteniendo la figura de la incapacidad. Algunos especialistas, más ceñidos a lo que establece la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Argentina en 2008 (Ley 26.378), cuestionan que se siga manteniendo este concepto (ver aparte). ¿Es bueno que se mantenga la restricción, o sea la incapacidad total, y se nombre un curador para que represente a un individuo? “Para determinados actos es necesario siempre que sea la excepcionalidad. Después, valoro y creo que lo más importante en estas cuestiones son las evaluaciones. Este es otro de los grandes cambios, ahora son multidisciplinarias porque siempre se va a tratar de buscar la autonomía que pueda tener una persona. Nuestro sistema jurídico siempre ha sido al revés, siempre buscaba qué es lo que no puede. La propuesta actual es promover, respetar la dignidad y la autonomía de la voluntad de la persona”, dijo Baliero.
Sistema de apoyos
Entre las novedades, el proyecto introduce el concepto de “apoyo”, definido como “cualquier medida” que “facilite a la persona que lo necesite la toma de decisiones para dirigir su persona, administrar sus bienes y celebrar actos jurídicos en general”. “Las medidas de apoyo tienen como función la de promover la autonomía y facilitar la comunicación, la comprensión y la manifestación de voluntad de la persona para el ejercicio de sus derechos”, dice el artículo 43. Y algo muy importante: “El interesado puede proponer al juez la designación de una o más personas de su confianza para que le presten apoyo”. “Es decir, que le deja al juez la opción de no incapacitar a la persona sino designarle, en acuerdo con ella, personas que la ayuden a tomar decisiones en los terrenos donde más tiene dificultad”, comentó Leonardo Gorbacz, ex diputado, autor de la Ley Nacional de Salud Mental.
Internaciones
Además, recogiendo también las propuestas de la ley, define la internación como último recurso. Se trata de cambiar el paradigma basado en grandes centros asistenciales, los llamados manicomios y asilos. “Eso es fundamental porque la violación más común a los derechos de las personas con problemas en su salud mental es la internación forzada, innecesaria y prolongada. También establece el debido proceso para las internaciones sin consentimiento, que son en los casos de riesgo cierto e inminente. Eso significa el derecho a un abogado y a un control periódico efectivo por parte de la Justicia, para que ese tipo de situaciones, que a veces son inevitables, no se prolongue en el tiempo. También tiende a desjudicializar la salud mental y dejar las decisiones en manos de los equipos de salud. El rol de la Justicia pasa a ser exclusivamente el de garante de derechos de las personas, y no el de decisor de políticas o de tratamientos”, dijo Gorbacz.
Cuando se realicen internaciones contra la voluntad de la persona, el artículo 40 incorpora la revisión de la sentencia, que “puede tener lugar en cualquier momento, a instancias del interesado” y nunca en un plazo mayor a tres años, sobre la base de “nuevos dictámenes interdisciplinarios”.
La internación sin consentimiento de una persona es considerada un recurso terapéutico “de carácter restrictivo y por el tiempo más breve posible” y “debe ser supervisada periódicamente”. Así y todo, algunos especialistas dicen que habría que hacer algunos ajustes en este punto. Es el caso de María Elena Naddeo, diputada porteña de la Comisión de Seguimiento de la ley 448 de Salud Mental de la ciudad: “Teniendo en cuenta los intereses de quienes insisten en prolongar las internaciones en salud mental en función del modelo manicomial o psiquiatrizante muy impregnado todavía en el sistema de salud, correspondería incorporar más taxativamente algunas premisas, por ejemplo las que obligan a los jueces intervinientes en internaciones involuntarias a revisar cada internación a los 90 días de producidas las mismas, y a dar parte al órgano de revisión que se ha creado en el ámbito del Ministerio Público”.
DISCUSION ENTRE LOS ESPECIALISTAS
Capacidades en debate
En 2006, en Naciones Unidas se aprobó la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, de la que Argentina es signataria. Y en 2008 el Congreso de la Nación la ratificó y la transformó en ley. En función de los compromisos que asumió el país en relación con este tratado internacional de derechos humanos, la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS) mostró “preocupación” porque el proyecto no incorpora el concepto de “capacidad jurídica plena”.
“Valoramos la presentación, la intención de actualizar el Código Civil, que es absolutamente necesaria, pero en el campo de las personas con algún padecimiento mental, la preocupación es en tanto y en cuanto no se le da el trato de capacidad jurídica plena. Es decir que todas las personas somos capaces hasta que se demuestre lo contrario, y cuando uno dice capaces es capaces en todos los planos, de estudiar, de trabajar, de casarse, de tener hijos, de comprar, de vender, votar; el conjunto de los derechos que hacen a los ciudadanos”, dijo Hugo Cohen, asesor subregional en Salud Mental para Sudamérica de OPS/OMS.
“Si no se incluyen esas tres palabras, capacidad jurídica plena, el Código retrocede en relación a la Ley de Salud Mental”, agregó.
Consultada por este punto, la especialista en derecho de familia Angeles Baliero de Burundarena consideró que el concepto está pero no con esas palabras.
Leonardo Gorbacz, en la misma línea, explicó que antes de la Ley 26.657 (que introduce el artículo 152 ter. al Código Civil) la única opción para ayudar en el ejercicio de los derechos civiles era declarar incapacidad, sin matices: “De modo que vos querías proteger a una persona para que no despilfarre sus bienes y terminabas privándola de su derecho a casarse, a votar, etc.”.
La ley, al introducir ese artículo, lo que hace es ponerle matices y límites a eso, a través de tres medidas:
1. La evaluación sobre la que el juez se basa debe ser interdisciplinaria;
2. El tiempo máximo para revisar la declaración es tres años;
3. Debe restringir solamente lo mínimo indispensable.
“Esto no es exactamente lo que pide la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, pero es lo que se pudo hacer en el momento de discusión de la ley, donde no había consenso suficiente para modificar más artículos del Código Civil”, dijo.
El proyecto de Código Civil mantiene esos principios de la Ley de Salud Mental. E incluso introduce algo novedoso, tomado de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad: los sistemas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica.
Es decir, le deja al juez la opción de no incapacitar a la persona sino designarle, en acuerdo con ella, personas que la ayuden a tomar decisiones en los terrenos donde más tiene dificultad.
“Sin embargo –continuó Gorbacz–, el proyecto mantiene la figura de la incapacidad, y por momentos tiene dos problemas: 1) Es confuso, mezcla el régimen de incapacidad (que implica designar curadores que decidan en lugar de la persona) con el del sistema de apoyos (que ayudan a que sea la persona la que decida); y 2) Le deja demasiado margen al juez para que opte, en lugar de establecer, en última instancia y si se decide mantener la figura de la incapacidad, para casos extremos esa figura.”
De todos modos, el experto considera que el proyecto en ningún caso retrocede respecto de la Ley de Salud Mental. “Lo que está en cuestión es cuánto va a avanzar”, resumió.
Las mujeres incapaces
Como resume el libro Ciudadanas incapaces. La construcción de los derechos civiles de las mujeres en Argentina, Brasil, Chile y Uruguay en el siglo XX, de Verónica Giordano, las mujeres fueron consideradas incapaces por el Código Civil durante décadas. Incluso en la región, las mujeres adquirieron muy tardíamente la capacidad civil plena: en Chile en 1989, en Brasil en 1962, en Argentina en 1968 y en Uruguay en 1946. Las mujeres casadas estaban a merced de la potestad de sus maridos, como menores de edad.
Esto dio lugar a graves abusos. Como recuerda la doctora Angeles Baliero de Burundarena, en 1920 hubo un primer fallo de la Corte de la provincia de Buenos Aires porque “una mujer se había peleado con su marido y le había dicho que se quería divorciar e ir de la casa; el hombre dijo ‘está loca’ y como era amigo del director del psiquiátrico la internaron”. Ella no estaba loca, estaba internada por una cuestión de orden moral. “Las mujeres casadas fueron incapaces de hecho en razón del orden familiar, decían los tratadistas. Ahora este orden se está alterando y la resistencia a los cambios es fuerte. Pero qué suerte que cambien las cosas, porque el orden familiar partía de la decisión del hombre y realmente ahora eso es insostenible”, dijo Baliero.
Hoy el Hospital Moyano “tiene más de mil mujeres que no están en una situación crítica, sino que están allí por condiciones más sociales, porque se fueron quedando porque son pobres y el hospital no las puede expulsar porque se quedarían en la calle”, según advierte la asesora general tutelar de la ciudad de Buenos Aires, Laura Musa.Gentileza del Lic Yago DiNella Especialista en Psicología Forense (Fac. de Psicología, UBA)Docente Investigador UBA (Arg.) - Univ. de Barcelona (España)Gabinete Criminológico - Provincia de Río Negro - Argentina-Orientar...expandiendo Conciencias¸.•°`*.¸.*
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